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Tres nuevos autos judiciales de Guadalajara declaran a los alumnos exentos de cursar y ser evaluados de estas asignaturas

Los objetores al conjunto de asignaturas denominadas Educación para la Ciudadanía están de enhorabuena. Esta semana se dictaba la primera sentencia favorable en Aragón pero hoy mismo se ha conocido que el Juzgado de lo Contencioso -Administrativo nº 1 de Guadalajara acaba de dictar 3 Autos que estiman las medidas cautelares solicitadas por los padres objetores. Se trata de una medida que exime a los alumnos de asistir y de ser evaluados de alguna de las asignaturas del Área Educación para la Ciudadanía; el fallo es provisional pero ampara a los alumnos hasta que se dicte sentencia.

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Los citados Autos judiciales suspenden las resoluciones administrativas de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que denegaban la objeción de conciencia a los padres de los siguientes alumnos:

Dos alumnos de 4º de ESO de a los que les correspondía cursar Educación Ético-Cívica (el nombre que recibe Educación para la Ciudadanía en 4º de ESO).

· Alumna de 2º de ESO del Colegio de los Hermanos Maristas a la que le correspondía cursar Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.

Los Autos judiciales no entran a resolver si existe o no derecho a la objeción (ese fallo corresponde a la sentencia) pero reconocen expresamente que los padres demandan objetar a Educación para la Ciudadanía «por poder constituir una vulneración de derechos fundamentales tales como el de educación (artículo 27 de la Constitución Española) o el de la libertad ideológica o religiosa (artículo 16 de la Constitución Española).

Finalmente, los fallos judiciales dictados en Guadalajara suspenden la obligatoriedad de que los alumnos «cursen o sean evaluados en las asignaturas englobadas bajo la denominación de Educación para la Ciudadanía (Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, Educación Ético-Cívica y Filosofía y Ciudadanía)». Además, el Juzgado ordena a la Administración adoptar medidas alternativas que posibiliten la presencia del alumno objetor en el centro escolar mientras sus compañeros reciben Educación para la Ciudadanía.

Es preciso recordar que en Castilla-la Mancha, todos los fallos judiciales han dado la razón, hasta el momento, a los objetores a Educación para la Ciudadanía. Así:

. El 27 de agosto pasado, un Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Albacete amparaba a 6 alumnos objetores.

. El 18 de septiembre, un Auto del Juzgado de lo Contencioso –Administrativo nº 2 de Albacete declaraba exentos de Ciudadanía a 52 alumnos.

. El 24 de septiembre, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Toledo emitía un Auto de medidas cautelares favorable a un alumno.

. El 26 de septiembre, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca dictaba un Auto que amparaba el derecho a objetar de los padres de dos alumnos. La novedad de este fallo es que el magistrado aplicaba esta medida cautelar (exención provisional de asistencia y evaluación) al resto de objetores que hubieran iniciado procedimiento judicial en el citado Juzgado. Con esta medida, el Juzgado amparaba los derechos de 62 alumnos.

A todo esto, Castilla-La Mancha es una de las comunidades autónomas con mayor número de objeciones presentadas a Ciudadanía ( 9 049 el 22 de septiembre, según Profesionales por la Ética). Las objeciones y los fallos judiciales inquietan a la Administración castellano-manchega, como demuestran dos hechos:

· El pasado mes de septiembre el Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha dictó una Instrucción por la que ordenaba a los fiscales de los juzgados de esta Comunidad Autónoma «oponerse a las demandas formuladas en relación con la objeción de conciencia, oponerse a las peticiones de los padres en relación con las peticiones de medidas cautelares, y recurrir aquellas decisiones judiciales que fueran contrarias a la decisión del Ministerio Fiscal».

· A mediados de octubre, la Consejería de Educación de Castilla-La Mancha difundió que un alumno de 4º de ESO de Talavera de la Reina que había sido declarado exento de Ciudadanía por Auto judicial había renunciado a la objeción. Este hecho ha sido desmentido por la madre del alumno y por la Plataforma de padres objetores de Talavera ¿XQTCALLAS?. Lo que se manifiesta es que el Gobierno castellanomanchego tiene que recurrir a infundios y manipulaciones para desacreditar y coaccionar a los padres objetores.

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